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miércoles, 25 de julio de 2012

Amarran a alcaldes para hacer donaciones sin autorización del cabildo

*El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y determina que los presidentes municipales que asuman la representación jurídica del Ayuntamiento, ante la ausencia del Síndico, no pueden desistirse, comprometerse en árbitros, ni hacer cesión de bienes muebles o inmuebles municipales sin la autorización expresa del Cabildo.

TOLUCA, Méx.- Fortalecer la seguridad jurídica de los 125 ayuntamientos del territorio estatal, es el objetivo de la iniciativa de decreto aprobada por la LVII Legislatura, que reforma la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y determina que los presidentes municipales que asuman la representación jurídica del Ayuntamiento, ante la ausencia del Síndico, no pueden desistirse, comprometerse en árbitros, ni hacer cesión de bienes muebles o inmuebles municipales sin la autorización expresa del Cabildo.

  En sesión del Noveno Periodo Ordinario, los legisladores locales también aprobaron el proyecto de decreto que adiciona atribuciones de los Ayuntamientos en materia de protección civil; además turnaron para su estudio iniciativas que reforman diversas disposiciones del Código Penal y Administrativo en materia de servicios auxiliares del transporte, una propuesta para dar certeza a los procesos de elección de autoridades auxiliares en los municipios y aprobaron licencias temporales de nueve diputados.

Para garantizar la certeza en la elección de autoridades auxiliares en los municipios, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) propuso adecuar la Ley Orgánica Municipal para que los órganos electorales del Estado de México participen en dicho proceso. El proyecto, presentado por el diputado, Carlos Madrazo Limón, establece que el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) coadyuve en la organización de las elecciones a través de capacitación y vigilancia, mientras que el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resuelva, en última instancia, cualquier recurso por presunta violación de los principios y normas.

La iniciativa expone que las delegaciones, subdelegaciones y los consejos de participación ciudadana revisten una importancia fundamental para la vida política, el desarrollo democrático y la participación social en los municipios. Por lo tanto, propone una participación social efectiva en su elección para que no se deje nada a la discrecionalidad de las autoridades municipales.

Las adiciones aprobadas por la mayoría del Pleno Legislativo a Ley Orgánica Municipal facultan a los Ayuntamientos para prohibir el establecimiento de una gasolinera o estación de servicio con respecto a otra, en una distancia menor a mil metros en áreas urbanas y 10 mil metros en áreas rurales y carreteras, como una acción preventiva y señala que, invariablemente, estos establecimientos deben sujetarse a las disposiciones federales, estatales y municipales en materia de protección civil, ambiental, seguridad, desarrollo urbano; así como a los lineamientos que señala el Plan de Desarrollo Urbano Municipal.

El diputado, Carlos Madrazo Limón, a nombre del Grupo Parlamentario del PAN, se pronunció en contra de esta iniciativa, ya que la consideró una práctica monopólica. Las diputadas del Grupo Parlamentario del PRI presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal para aumentar las penas de prisión en los casos de violación, así como permitir al autor del delito obtener su libertad cuando haya purgado la mitad de su condena, si se somete de forma voluntaria a un proceso de castración química.

La propuesta fue turnada para su análisis a las Comisiones Legislativas de Gobernación y Puntos Constitucionales; de Procuración y Administración de Justicia; y de Equidad de Género. El Pleno Legislativo remitió a comisiones una iniciativa formulada por el Ejecutivo estatal en materia de servicios auxiliares del transporte –arrastre, salvamento, guarda, custodia y depósito de vehículos-, la cual plantea evitar cobros exagerados a los usuarios, la zonificación de operación del servicio público de arrastre y almacenamiento de vehículos.

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